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Hasta 10 años de prisión podrían recibir empresarios implicados en fraude de la Borra del Café

Una pena de tres a 10 años de prisión podrían recibir los empresarios implicados en el caso de la presunta estafa de La Borra del Café ya que podrían ser acusados por el delito de administración fraudulenta, explicó el abogado y especialista, Francisco Cárabez.


Según lo establece la ley, este delito es cometido por quienes forman parte de una sociedad, como un administrador general único, gerente, apoderado o representante legal.


“No te rindieron cuentas, alteraron contratos, suplantaron identidades o hicieron un cierto modelo de negocio en los cuales nada más simularon operaciones, sí pudiesen ellos acudir a través de investigaciones, obtener los resultados de la justicia, que van de tres años de prisión, hasta 10 años de prisión”, dijo.

Señaló que además de la vía penal, también es un delito que se puede perseguir por la vía mercantil, en el cual los señalados pueden llegar a un mecanismo alterno con los afectados, mediante un pago reparatorio.


“Si las personas tienen su contrato, su pagaré y demás documentación legal y están en la postura de exigir su cumplimiento podrán acudir ya sea por la vía mercantil o civil, dependiendo del contrato, dependiendo de la situación de cada abogado que los represente, tendrán la oportunidad o vía de ir por el cumplimiento, o podrán pedir una rescisión o podrán pedir el cumplimiento de penalidades”, señaló.

El abogado puntualizó que tanto por la vía penal como mercantil y civil, puede haber una sentencia, en la primera, dijo, se podrán fincar responsabilidades penales que pueden llevar a prisión y en la mercantil se establece el cumplimiento de las obligaciones económicas.


En el caso del principal señalado, León Reffreger, quien en días pasados se deslindó al asegurar que desde hace un año dejó la dirección de la Borra del Café en México, el abogado señalo que deberá rendir cuentas para que se determine su responsabilidad, ya que según el testimonio de los afectados, aparece en los contratos.


“Si en 2021 y 22 esta persona firmó los contratos y la sociedad sigue y mientras que no haya una extinción de la obligación, es decir que el contrato siga vigente, el contrato va a prevalecer y el responsable será la sociedad, ahora hablamos de una persona física, esa persona tendrá que venir a rendir cuentas en su momento para decir en qué condiciones o por qué ofertaron eso”, aseguró.

Por último el especialista señaló que ante el aumento de fraudes que se ha dado en los últimos meses en Jalisco, se debe legislar a la brevedad para crear algún organismo que regule este tipo de sociedades.

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